1. EN SU ORIGEN LAS COSAS SON LÍCITAS |
Es el primer principio que aprobó el Islam: El status legal original de las cosas que Dios creó es la permisión y el libre uso. No hay nada ilícito, excepto lo que sea prohibido con una declaración auténtica y clara del Legislador prohibiéndola. Cuando aparecen textos que no son auténticos —como algunos hadices de dudosa autenticidad— o no son claros en la declaración de la prohibición, pues el asunto se remite a su origen, la permisión, y sigue siendo lícito. "El es Quien creó para vosotros cuanto hay en la tierra. Y se dirigió al cielo e hizo de él siete cielos. Es omnisciente" (2:29) "¿No veis que Dios ha sujetado a vuestro servicio lo que está en los cielos y en la tierra, y os ha colmado de Sus gracias, visibles u ocultas? Pero hay algunos hombres que discuten sobre Dios sin tener conocimiento, ni dirección, ni escritura luminosa"(31:20). Este principio disminuyó en gran parte la cantidad de las prohibiciones dentro del Islam y aumentó en gran manera el número de cosas lícitas. Esto, porque los textos evidentes en la prohibición son muy pocos. Y las cosas que no han sido mencionadas, en alguna prohibición o permisión, permanecen según su status original, la permisión, por la misericordia de Dios. De esto habla el Profeta (B y P) cuando dijo: "Lo que Dios permitió en Su Libro es lícito y lo que prohibió es ilícito. Y lo que Dios omitió (mencionar) es misericordia. Aceptad, pues, la misericordia de Dios, porque Dios no olvida nada" y recitó: "No descendemos sino por orden de tu Señor. Suyo es el pasado, el futuro y el presente. Tu Señor no es olvidadizo" (19:64) [2]. El Profeta (B y P) también dijo: "Ciertamente Dios ha impuesto ciertas obligaciones, no las dejéis, y ha puesto ciertos límites, no los traspaséis. Ha prohibido algunas cosas, no las cometáis, y ha callado algunas cosas por misericordia, no por olvido, así que no las investiguéis" [4]. Me gustaría indicar aquí que la permisión original no se limita a las cosas materiales; también abarca las acciones y las costumbres que no son parte de los ritos de adoración. Es lo que llamamos: "costumbres y transacciones". El principio original en las costumbres y transacciones es que todo está permitido y no hay restricciones, excepto en lo que Dios prohibió o hizo obligatorio. Dios dijo "¿Que razón tenéis para no comer de aquello sobre lo que se ha mencionado el nombre de Dios, siendo que Él os ha detallado lo que es ilícito —salvo en caso de extrema necesidad—? Muchos sin conocimiento extravían a otros con sus pasiones. Tu Señor conoce mejor que nadie a quienes violan la ley" (6:119). Esto abarca las cosas y los actos. La adoración es un área diferente. Los ritos religiosos no se toman sino de la revelación. En este sentido llegó el hadiz: "Quien innove en este nuestro asunto, algo que no sea de él, será rechazado"[5]. La adoración es sólo para Dios y sólo se adora a Dios con lo que El nos mandó. Así pues, quien inventa un tipo de adoración o un rito de su propia imaginación —sea quien sea—significa perdición y se lo rechazará. Porque sólo Dios el Legislador es quien tiene derecho de instituir los ritos de adoración que se hacen para acercarse a Su complacencia. Los actos cotidianos, las costumbres: Dios no es quien los instituye y se desenvuelve con ellos. Dios el Legislador los corrige, los ajusta, los depura y los confirma, en algunos casos, siempre y cuando no impliquen corrupción y perjuicio. Sheij ul Islam Ibn Taimía dijo: "Los actos de los siervos de Dios, las palabras y las acciones, son de dos tipos: Ritos de adoración con los que perfeccionan su religión y actos cotidianos necesarios para su vida mundanal. Después de revisar las bases de la Sharía, sabemos que los ritos de adoración que Dios impuso o sugirió; no se practican sino por orden de Dios el Legislador." Los actos cotidianos son lo que la gente hace continuamente por sus necesidades diarias en la vida mundanal. Estas costumbres son todas lícitas en su origen. No se prohíbe nada de ellas sino lo que Dios declara ilícito. Esto porque las órdenes y las prohibiciones forman la Ley de Dios. Todo rito de adoración debe ser algo que Dios mande. Este principio es grandioso y es muy útil. En base a ello decimos: De esta manera, la gente vende o alquila como quiere, excepto que la Sharía lo prohíba; así como comen y beben lo que quieren, excepto lo que prohíba la Sharía. Algunas cosas pueden ser recomendables o detestables, pero, todo lo que la Sharía omite de mencionar, con algún veredicto, está pues dentro de la permisión general original. Otra prueba de ello es lo que se encuentra en el "Sahih" [7], de Yáber bin Abdallah, que dijo: "Solíamos practicar el coito interrupto en la época de la revelación coránica. Sí hubiese algo ilícito en ello, lo hubiese vedado el Corán." Con esto, se establece esta noble regla y que no se permite ninguna forma de ritos de adoración sin el expreso veredicto de Dios. Y no se prohíbe ninguna costumbre sin la prohibición de Dios. |
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